TARIFAS - CORTE SUPREMA - Heller lamentó que el fallo no alcance a “clubes, instituciones sociales, empresas en general y pymes en particular”

18/08/2016

diputado Heller

“Si bien para los usuarios residenciales resulta positiva la decisión de la Corte, el fallo lamentablemente no alcanza a los usuarios no residenciales”, opinó esta tarde el diputado nacional Carlos Heller (Partido Solidario), al ser consultado sobre el fallo de la Corte Suprema de Justicia en relación a las tarifas del gas.

Para el referente nacional del movimiento cooperativo, “los considerandos del fallo son interesantes y también deberían ser aplicados, conceptualmente, al resto de los usuarios, especialmente al sector denominado usuarios de la categoría SGP (pequeños consumos comerciales o industriales), los clubes e instituciones sociales, las empresas en general y las pymes en particular”.

Heller también observó que atendiendo que “la Corte Suprema recuerda el artículo 42 de la Constitución Nacional, que establece que las autoridades proveerán a la protección de los derechos de los usuarios, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos” deberían considerarse “insostenibles los aumentos a los usuarios no residenciales, que en el caso de las actividades productivas y comerciales, se trasladan a los precios de los bienes e insumos producidos”, más aún cuando el alto tribunal también sostiene que, conforme a dicho artículo, se debe incorporar como condición de validez jurídica “el criterio de gradualidad”.

Asimismo, el legislador manifestó que según los primeros cálculos conocidos, “el fallo de la CSJ alcanzaría a menos del 30% del consumo de gas (usuarios residenciales), lo cual lleva a sostener la necesidad de una legislación de emergencia y protectiva para la categoría SGP, las pymes en general, las empresas de la economía social y solidaria, los clubes e instituciones sociales”.

“La cuestión principal, más allá de los esenciales mandatos constitucionales que sostiene la CSJ –consideró Heller-, está vinculada con la esencia de las políticas económicas y con las transferencias de ingresos y riquezas de los que menos tienen hacia los sectores más concentrados de la economía”. “Los aumentos tarifarios consisten en la decisión de hacer recaer el costo de elevados subsidios a la producción hidrocarburífera (cuya cuantía forma parte de otra discusión) hacia los usuarios de los servicios, generando un impacto altamente negativo en la economía y en la sociedad, tratando de reducir un déficit fiscal que fue incrementado, entre otros, por la reducción de las retenciones y de otras cargas tributarias, que benefician principalmente a los sectores más concentrados de la economía”, concluyó el diputado nacional por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.