Por una nueva Ley de Entidades Financieras.

25/11/2011

25/11/2011 - Tiempo Argentino - Nota

Miradas sobre la necesidad de una reforma que reoriente el sistema bancario hacia el desarrollo productivo.

Carlos Heller, Diputado Nacional por el Bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario.

Cambiar para democratizar el crédito:

El Proyecto de Ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social, del Bloque Nuevo Encuentro Popular y Solidario, cambia conceptualmente el espíritu de la Ley de Entidades Financieras 21.526. Este proyecto viene a cumplir una reivindicación histórica del movimiento cooperativo al cual pertenezco.

Para darle un marco adecuado al proyecto conviene identificar las razones de la necesidad del cambio de la Ley de Entidades Financieras de 1977, no sólo porque es una ley de la dictadura, sino también porque está imbuida de las ideas de liberalización de los mercados que en aquella época se identificaban con la escuela de Chicago, y que luego se consolidaron en el Consenso de Washington. La Ley de Entidades Financieras fue el instrumento que permitió la implantación del modelo de revalorización financiera, que destruyó a la producción y generó grandes costos sociales.

Si bien en lo conceptual este proyecto implica un cambio significativo, la ley propuesta fue pensada para lograr los objetivos planteados sin alterar el funcionamiento del sistema financiero tal como hoy lo conocemos. Se pasa de una ley para bancos, a una ley pensada en los usuarios de los servicios financieros.

El proyecto de ley se basa en dos enfoques principales: la definición de la actividad financiera como servicio público, y ser concebido a partir de las necesidades de los usuarios.

La actividad que despliegan los bancos incide profundamente en la economía general de los habitantes, y constituye un factor fundamental y permanente en las relaciones económicas de los individuos entre sí y de estos con el Estado, cuestiones que justifican que tal función sea considerada como servicio público. A partir de allí, nuestro proyecto de ley implementa regulaciones más estrictas que las actuales, como por ejemplo establecer un listado taxativo de operaciones para los Bancos Comerciales con el criterio de “banca universal”, abandonando el criterio actual de admitir toda operatoria que no se encuentre expresamente prohibida.

Se otorga al Poder Ejecutivo Nacional la facultad de autorización para el funcionamiento de nuevas entidades de capital extranjero y se restablece el criterio de reciprocidad con los países de origen. También se determina que ninguna entidad financiera privada podrá tener una participación en el conjunto del sistema financiero superior al 10%, tanto en el total de depósitos como de préstamos con el sector privado.

Para los bancos de capital extranjero se incorporan criterios más restrictivos para su actuación en el sistema financiero nacional, algunos de los cuales se encontraban presentes en textos legales anteriores a las Ley 21.526.

El proyecto de ley instaura un fuerte fomento a la actividad financiera en las localidades de menor desarrollo relativo del interior del país.

En cuanto a las necesidades de los usuarios de servicios financieros, el proyecto los aborda desde tres ejes esenciales: el primero de ellos es el que denominamos “democratización de los servicios financieros”; entre otras regulaciones, establece la obligación para cada banco de destinar, como mínimo, el 45% de su cartera a préstamos a las micro, pequeñas y medianas empresas y a los créditos hipotecarios para vivienda. También se establece un costo financiero total máximo para los sectores más desprotegidos, micro y pequeñas empresas y préstamos personales de bajo monto.

Se encomienda al Banco Central establecer un listado de “Servicios Esenciales” que las entidades deberán ofrecer dirigidos hacia los sectores de menores ingresos de la población, para los que se fijarán pautas operativas determinadas y un nivel máximo de comisiones. La Cuenta Gratuita Universal implementada con posterioridad por el BCRA va en este sentido.

El segundo eje lo constituye la “Protección del usuario de los servicios financieros”, por el cual se obliga a las entidades a dar tratamiento y resolver los reclamos que presenten sus usuarios, a través de la creación de instancias ideadas para cumplir con tal finalidad. Por último, se encomienda al Banco Central implementar un Código de Conducta de las entidades financieras.

El tercer eje es la creación de un “Régimen de garantía de los depósitos garantizado por el Estado Nacional”, que resulta obligatorio para todos las entidades financieras, con un límite de hasta $ 120 mil por depositante o su equivalente en moneda extranjera, y cualquiera sea la tasa pagada por los depósitos. La idea es generar un sistema más protectivo desde el punto de vista del depositante.

Es síntesis, he presentado iniciativas para ir avanzando en la conformación de un Sistema Financiero que posea fuertes vínculos con el desarrollo productivo y social. Son los primeros pasos, y confío que, con el tiempo, se pueda ir profundizando el modelo económico, y por lo tanto, ir profundizando también los cambios sobre el sistema financiero.