DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE DONDE FUNCIONA LA "COOPERATIVA DE TRABAJO LA ESPERANZA DE MONTE GRANDE LTDA." QUE PERTENECIERA A LA EMPRESA "CLEAR S.A.", ACTUALMENTE EN QUIEBRA

29/03/2011

Giro a Comisiones: ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG. NO GUBERNAMENTALES; LEGISLACION GENERAL; PRESUPUESTO Y HACIENDA.

El Senado y Cámara de Diputados,...

Artículo 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la ciudad de Monte Grande, Partido de Esteban Echeverria, Provincia de Buenos Aires, designado catastralmente como Circ. I, Secc. C, Chacra 34, Manzana 34p, Parcela 3r, Matrícula Nro. 40869, ubicado en la calle Fernando de Toro Nro. 955/65/75 de dicha ciudad, de quien o quines resulten ser sus legítimos propietarios. Como asimismo las maquinarias, instalaciones y bienes muebles que en él se encuentran, identificados y conforme al inventario, como Anexo I.

Artículo 2º: El inmueble citado en el artículo 1º será adjudicado en propiedad y a título oneroso a la "Cooperativa de Trabajo La Esperanza de Monte Grande Ltda.". (Cuit 30-71126765-0; Mat. INAES 35968).

Artículo 3º: El Organismo de aplicación de la presente será el que determine el Poder Ejecutivo.

Artículo 4º: el incumplimiento de lo establecido en el artículo 2º, ocasionará la revocatoria de la transferencia y la reversión del dominio a favor del Estado Provincial , sin derecho a devolución de las sumas que se hubieran efectivizado, ni reconocimiento de compensaciones y/o indemnizaciones de ninguna naturaleza.

Artículo 5º: El monto a abonar por la adjudicataria, así como los plazos y condiciones de pago serán establecidos por el Poder Ejecutivo.

Artículo 6º: Autorizase al Poder Ejecutivo para efectuar en el presupuesto general de gastos y, cálculos de recursos las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley. También autorícese al Poder Ejecutivo a compensar los créditos fiscales que tuviera la Nación contra los titulares de dominio del inmueble que se expropia, para atender con ellos, total o parcialmente el gasto que demande el cumplimiento de la presente ley.

Artículo 7º: La escritura traslativa de dominio a favor de los adquirentes, será otorgada por ante la Escribanía General de Gobierno de la Nación, estando exenta la misma, del pago de impuesto al acto.

Artículo 8º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Traemos a consideración de esta Honorable Cámara de Diputados y del Senado de la Nación, este proyecto de ley que propone la expropiación de un inmueble, maquinarias, instalaciones y mobiliario a favor de la cooperativa de trabajo "La Esperanza de Monte Grande".

La implantación del modelo neo-liberal trajo aparejada en la industria nacional la lamentable desaparición de millares de fábricas, dejando a nuestro país sin aparato productivo y a los trabajadores sin empleo. En los momentos más difíciles, cuando los propietarios de fábricas y empresas vieron peligrar sus grandes ganancias, lejos de buscar salidas colectivas, prefirieron el salvataje individual, abandonado los lugares de trabajo dejando a miles y miles de obreros con las puertas cerradas de las fábricas en la más absoluta soledad.

Sin embargo no se tardó en buscar soluciones a esta situación, los trabajadores organizados comenzaron a ver que era posible trabajar sin "patrón" y dividir entre todos las ganancias en partes iguales; así nacieron las cientos de cooperativas que hoy funcionan en todo el territorio de la Nación y, que reactivaron la producción del territorio recuperando las fuentes de trabajo de miles de obreros.

Hoy nos ocupa tratar uno de los innumerables. Casos como los anteriormente descriptos, es el de la "Cooperativa de Trabajo La Esperanza de Monte Grande".

La cooperativa La Esperanza, surge como consecuencia de la quiebra de la empresa Clear S.A., que fue un importante productor de purificadores de cocina, extractores de aire y ventiladores de techo, asentado en el polo industrial de Monte Grande. La empresa inicio sus actividades en 1975 entrando en el mercado con sus productos de la mano de dos empresas: Yelmo y Estilo. Llego a tener 70 empleados en doble turno. En el año 2001, y en el marco de la profunda crisis económica que englobó al país, entró en convocatoria, no logrando recuperarse nunca, hasta que en 2009 presentó la quiebra.

El 24 agosto , del 2009 comenzó a funcionar la cooperativa de trabajo La Esperanza De Monte Grande matricula N°35968, que nucleó a los trabajadores despedidos, recuperando en un año y medio de trabajo el 70% de la producción que tenía la empresa, siendo la fuente de ingreso de 60 personas. Hoy no sólo han logrado devolver la empresa al circuito productivo, si no que cuentan con una nómina de más de 80 clientes de primera línea en todo el país, entre ellos la Universidad Nacional de La Plata, Carrefour y Giudice S.A. La expansión comercial les ha permitido operar en provincia de Santa Fe y Entre Ríos y, en el poco tiempo de trabajo la marca "LAES" ha abierto un mercado monopolizado por las grandes marcas, permitiendo adquirir artículos electrónicos a familias de bajos recursos (dado sus buenos precios) y retornar al circuito comercial a otra empresa nacional.

Por todo lo expuesto solicito se apruebe el presente proyecto de ley.

ANEXO I

(DETALLE DE BIENES MUEBLES)

5 Balancines Grandes

2 Balancines Chicos

2 Dobladoras

1 Guillotina

1 Dobladora Grande

3 Soldadoras de Punto

1 Prensa Automática Balancín

1 Rodillo

3 Agujereadoras

1 Compresor

6 Prensa Automática

1 Rectificadora

2 Cabinas de pintura Poxi

1 Horno

60 Matrices Para La Fabricación de Nuestros Productos

 

Firmante: Jorje Rivas