Hacia una nueva Ley de Servicios Financieros

01/10/2019
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Le Monde Diplomatique | Opinión

Por Carlos Heller

Resulta muy importante, y en especial luego de estos casi cuatro años de extrema liberalización de los mercados financieros, derogar la Ley de Entidades Financieras 21.526 del año 1977, actualmente vigente, y modificar su espíritu a través de una nueva norma, una verdadera Ley de Servicios Financieros (LSF). Se trata de pasar de una ley pensada para los bancos a una concebida a partir de las necesidades de los usuarios de servicios financieros. Esta propuesta, que es una reivindicación histórica del movimiento cooperativo de crédito nucleado en el Instituto Movilizador de Fondos Cooperativos, al cual pertenezco, ha sido también alentada y respaldada por otros sectores cooperativistas, sindicalistas y muchas otras entidades de carácter social. Tal es así que se ha conseguido algo más de un millón de firmas que apoyaron la iniciativa.
El primer proyecto de Ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social (LSF), del cual soy autor como diputado de la Nación, fue presentado en 2010, y luego renovado cada dos años con el objeto de mantener estado legislativo, y en cada presentación se fue mejorando y actualizando: la última fue en 2017. Sin duda, la relación de fuerzas existente en estos períodos no permitió que el proyecto se aprobara, no obstante continúa teniendo plena vigencia.
El Congreso votó en 2012 una nueva Carta Orgánica del Banco Central, lo que constituye un hito significativo en la reformulación de las leyes del sistema financiero y monetario. Entre otras cuestiones, instrumenta el concepto de "usuario de servicios financieros" utilizado desde la primera presentación de la LSF. A su vez, nuestro proyecto ha recogido muchas de las mejoras realizadas en la Carta Orgánica, aunque mantiene una diferencia conceptual: ésta indica lo que el Banco Central "puede" realizar, mientras que en el proyecto de LSF se establecen diversas pautas que las entidades "deberán" implementar.
No resulta una consideración menor identificar las razones de la necesidad de derogar la Ley de Entidades Financieras de 1977, no sólo porque es una ley de la dictadura, sino también porque está imbuida de las ideas de liberalización de los mercados que en aquella época se identificaban con la Escuela de Chicago, y que luego se consolidaron en el Consenso de Washington. La Ley de Entidades Financieras fue uno de los instrumentos que permitieron la implantación del modelo de revalorización financiera, que destruyó a la producción y generó grandes costos sociales.
El proyecto de LSF que continuamos proponiendo declara a la actividad financiera como un servicio de interés público, con el fin de priorizar los intereses del conjunto de la Nación y de la comunidad por encima de la mera ganancia lucrativa. Para ello se estipulan regulaciones esenciales, como por ejemplo establecer un listado taxativo de operaciones para los bancos comerciales con el criterio de "banca universal", y de esa forma abandonar el criterio de la actual ley de admitir toda operatoria que no se encuentre expresamente prohibida. Además, se determina que ninguna entidad financiera privada podrá tener una participación en el conjunto del sistema financiero superior al 10 %, tanto en el total de depósitos como en el de financiaciones con el sector privado.
También se propone un fuerte fomento a la actividad financiera en las localidades de menor desarrollo relativo del interior del país, un objetivo incorporado también en la Carta Orgánica del Banco Central.

Una ley para los usuarios

En cuanto a las necesidades de los usuarios de servicios financieros, el proyecto las aborda desde tres ejes esenciales.
El primero de ellos es el que denominamos "democratización de los servicios financieros". Entre otras regulaciones, establece la obligación para cada banco de destinar un porcentaje importante de su cartera a préstamos a las micro, pequeñas y medianas empresas, para la construcción, compra y refacción de viviendas únicas familiares, y un porcentaje adecuado para financiar a microemprendedores. El insuficiente acceso al crédito de las MiPyMEs ha sido un problema crónico en la Argentina y el objetivo de esta regulación es aumentar el volumen de crédito al sector.
También se establece un costo financiero total máximo para los sectores más desprotegidos, micro y pequeñas empresas, para los créditos destinados a la construcción, compra y refacción de viviendas únicas familiares hasta un monto determinado, y para los préstamos personales para jubilados y pensionados con código de descuento. Se encarga al Banco Central establecer una serie de "servicios esenciales" que las entidades deberán ofrecer, dirigidos hacia los sectores de menores ingresos de la población, para los que se fijarán pautas operativas determinadas y un nivel máximo de comisiones. La Cuenta Gratuita Universal implementada por el Central ha sido incorporada a nuestro proyecto.
El segundo eje lo constituye la "protección del usuario de los servicios financieros". Entre otras medidas, se establece que los bancos deberán crear un Departamento de Atención al Usuario de Servicios Financieros, bajo la reglamentación del Banco Central, a la vez que éste deberá implementar un Código de Conducta para las entidades financieras.
El tercer eje es la reincorporación al seno del Banco Central del Sistema Estatal de Garantía de Depósitos que fue parcialmente privatizado mediante la Ley 24.485 de 1995. El objetivo es ampliar la protección de los pequeños ahorristas impidiendo que la misma se encuentre sujeta a la disponibilidad de recursos en el Fondo de Garantía creado por esa Ley.
En síntesis, el proyecto de Ley de Servicios Financieros instala iniciativas claras y precisas para ir avanzando en la conformación de un sistema financiero que posea fuertes vínculos con el desarrollo productivo y social. Estoy convencido de que en un modelo de desarrollo con inclusión social se incrementarán las posibilidades de avanzar en los cambios sobre el sistema financiero, tal como propone nuestro proyecto.

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