La nueva reglamentación para comprar dólares

07/11/2011

Artículo publicado por: Carlos Heller

En estas semanas el gobierno tomó una serie de medidas que a mi entender son lógicas y están bien planteadas. Por un lado eliminó un privilegio que tenían las petroleras y las mineras que era absurdo, porque además de llevarse los recursos naturales dejaban los dólares afuera ya que no tenían siquiera la obligación de liquidarlos en el país. Por el otro, estableció que las compañías de seguro que tienen los fondos en el exterior, tendrán 50 días para traerlo de vuelta al país. Y, por último, estableció una norma que controla que quien compra dólares tiene que justificar de dónde se saca el dinero.

A mi entender, el gobierno está repasando las cosas que están mal para mejorarlas y para fortalecer la cuenta corriente que la Argentina tiene que mantener superavitaria.

Creo que todo lo que se está diciendo en contra de la medida específica de la compra de dólares es una jugada más en esta pulseada que existe entre el mercado y las políticas públicas; y entre lo irregular, lo informal, lo ilegal y aquello que efectivamente se puede hacer con apego a las normas, a las reglamentaciones y a la ley.

Lo único que se ha dispuesto en este caso es que, para poder comprar dólares, uno tiene que demostrar que antes ganó ese dinero y que tiene sus impuestos al día. Es decir que se intensificó el control para evitar que se produzcan maniobras irregulares, como el abastecimiento de un mercado ilegal -que algunos para no decir “Ilegal” le dicen “Blue”-, pero que en última instancia es dinero que no se puede justificar su procedencia.

Entonces, si una persona tiene CUIT o CUIL con sus declaraciones juradas de lo que gana y por el que ha pagado impuestos, ya sea un trabajador en relación de dependencia, un autónomo o un empresario, no debería tener mayores problemas para comprar dólares. Para esto la AFIP habilitó un mecanismo instantáneo en el que ingresan el CUIT de la persona y en el momento envía una respuesta que dice si está habilitado para hacer la operación o no. Si le dicen que no está habilitado, por ejemplo porque falta una información, tendrá que hacer un trámite en la oficina de la AFIP.